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Violencia de género: tratamiento legislativo y aspectos criminológicos

La estructura básica de este curso gratuito de IAEU en Abierto está organizada en siete apartados. En el primero de ellos hemos hecho una delimitación de conceptos tales como “violencia de género” o “violencia doméstica”, que resulta fundamental distinguir en cuanto términos jurídicos, de otros de uso coloquial o que se suelen utilizar por influencias del derecho comparado. Hemos aclarado qué entendemos por “violencia de género” que es el objeto de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

En el segundo apartado se ha situado el origen y causas de la violencia sobre la mujer en sus diferentes formas, encontrando la clave en la “desigualdad” que a ha caracterizado las relaciones entre mujeres y hombres a  lo largo de los siglos,  señalando la necesidad de los cambios sociales que se van produciendo paulatinamente, entre otras por las vías legislativas, como las Leyes de Igualdad entre hombres y mujeres. En el tercero, se ha expuesto el panorama que ofrece el Derecho comparado, con una exposición concisa de diferentes regulaciones en materia de “violencia de género” en países de Latinoamérica y de Europa.

En el cuarto apartado hemos visto la regulación que ofrece la Ley Orgánica 1/2004 a la que se dota de la característica de Ley “integral”, así como las diferentes consecuencias que de ello se derivan: realizar una intervención desde diferentes ámbitos (educación, sanidad, institucional, social, etc.); abordar la violencia de género como un fenómeno multidisciplinar y transversal, la necesidad de acudir a otros instrumentos y herramientas de intervención que permitan articular las actuaciones en la materia, presididas ante todo por la “coordinación” entre todos los agentes intervinientes (administraciones, sanidad, justicia, fuerzas policiales, servicios sociales, etc.), instrumentos plasmados en diferentes Protocolos e Instrucciones que se han  recogido en este apartado.

En el quinto bloque se ha entrado de lleno en el contenido de la Ley, dando a conocer su estructura, simple en apariencia pero a la par compleja. Hemos visto que junto a las intervenciones en materia de educación, sanidad, publicidad y medios de comunicación en orden a la sensibilización, prevención y detección de la violencia de género, contiene uno de los logros más importantes de esta Ley: el bloque de derechos que se reconoce a las víctimas de violencia de género y que pone a su disposición todos los recursos que a lo largo de estos años se han ido implantando a través de las distintas políticas públicas.

El sexto bloque (que es en realidad una segunda parte del anterior) se ha  centrado en establecer las reformas e incidencias de la Ley Integral en los ámbitos penal, judicial y laboral: modificación de normas penales, creación de órganos judiciales, modificación de normas procesales, reformas de la normativa laboral, etc., que han tenido lugar con la Ley Integral.

Por último, en el séptimo bloque se han tratado temas de interés desde la perspectiva criminológica: hemos visto algunos colectivos especiales de víctimas que, por sus particularidades, se diferencian de otros y, por tanto, se plantea si es necesario o no un tratamiento específico a partir de una posible consideración de “especial vulnerabilidad” de los mismos y la repercusión jurídica que tiene. Para concluir se ha hecho hincapié en algunas actuaciones relevantes en las que se ve implicada una víctima de violencia de género, destacando, por ejemplo, la solicitud de una orden de protección.

 Curso libre y en abierto de Violencia de género: tratamiento legislativo y aspectos criminológicos

 
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